15 jul 2004

No más "peso en taquilla"

La nota completa, de El Norte:

Cancelan el peso en taquilla

Cd. de México (14 julio 2004).- La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el controvertido "peso en taquilla", el pago que a partir de enero del 2003 tienen que hacer los distribuidores y exhibidores cinematográficos para financiar la producción de películas mexicanas.

Al amparar a la distribuidora Videocine el viernes pasado, el máximo tribunal determinó que el pago viola la Constitución porque el método de cálculo no tiene qué ver con el costo real del servicio que proporciona el Estado, es decir, la autorización para que se exhiba una película.

"Por una película de gran éxito en taquilla, se pueden pagar cientos de miles o millones de pesos al Gobierno por el servicio de autorización. Por una película de audiencia reducida, se pagará muy poco, pero el hecho es que el servicio que da el Gobierno sigue siendo el mismo, de ahí la inequidad del cobro", explicó una fuente de la Corte.

El fallo fue emitido por la Segunda Sala de la Corte, cuyos cinco integrantes se pronunciaron contra el artículo 19-C de la Ley Federal de Derechos, que el Congreso modificó en diciembre del 2002 para canalizar más recursos al Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine).

Además del amparo de Videocine, los ministros tienen pendiente resolver al menos otras seis demandas de empresas como United International Pictures, Cinemas Nueva Era, Quality Films, WDC y Columbia-TriStar Films.

Estos casos probablemente serán resueltos por el pleno de 10 ministros, pero el hecho es que el mismo criterio será aplicado. Las empresas ganadoras tendrán derecho a la devolución de lo que hubieran pagado, y quedarán exentas de pagos futuros.

Durante estos procesos, el Poder Judicial también estableció que la ley no obliga a que el peso en taquilla lo paguen los espectadores que asisten al cine -es decir, no es un impuesto como el IVA-, sino que el costo le corresponde a los exhibidores o distribuidores que solicitan la autorización para exhibir.

Buenavista-Columbia-Tristar, en su carácter de distribuidora, ganó un amparo definitivo el 21 de noviembre pasado, pero no ante la Corte, sino ante un tribunal colegiado de circuito, instancia de jerarquía inferior.

Ese caso no fue enviado a la Corte, porque los argumentos contra la sentencia de primera instancia fueron presentados por funcionarios del Instituto Mexicano de Cinematografía y el Fidecine.

El tribunal colegiado determinó que esas dependencias no tenían facultades jurídicas para defender la legislación impugnada, de ahí que el proceso no siguió adelante.

No hay comentarios.: